Procedimiento
1. Obtención del formulario de solicitud de ayuda
- En la sede de la Cámara de Gipuzkoa (Avda. de Tolosa, 75 - Donostia)
- En el sitio Web del programa www.i-micropymes.com
- Mediante correo electrónico previa solicitud a la dirección
i-micropymes@camaragipuzkoa.com
- Otros medios, llamando al teléfono 943 000 285
Al formulario de solicitud de ayuda deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del firmante del formulario.
- Certificado actualizado (validez 3 meses) que acredite encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones Fiscales.
- Certificado actualizado (validez 3 meses) de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones para con dicho organismo.
2. Entrega del formulario de solicitud de ayuda cumplimentado
El formulario de solicitud cumplimentado, firmado y sellado, junto con la documentación anexa requerida deben entregarse en la sede de la Cámara de Gipuzkoa (Avda. de Tolosa, 75 - Donostia) o envío mediante correo postal a la misma dirección, indicando en el sobre "PROGRAMA I-MICROPYMES"
3. Aceptación como beneficiario del programa
Tras comprobar que se cumplen los requisitos para acceder a las ayudas del programa "i-micropymes", la empresa recibirá una notificación de aceptación de la inscripción en el programa, La notificación se realizará por correo electrónico, por fax, o correo postal, e incluirá:
- Las indicaciones necesarias para seleccionar al consultor.
- Una clave de acceso a la "zona de empresas participantes" del sitio Web del programa (www.i-micropymes.com), para realizar si lo desea un seguimiento on-line de su expediente.
4. Selección de consultor para el expediente de trabajo
La consulta al listado de los consultores homologados para su participación en el programa y los datos de sus currículums, se realizará vía Internet, correo electrónico, u otros medios a concretar. La empresa tiene la opción de delegar la selección del consultor en la Cámara de Gipuzkoa.
La asignación definitiva de consultor se confirmará mediante notificación expresa de la Cámara de Gipuzkoa tanto a la empresa solicitante como al consultor.
5. Desarrollo del trabajo
La notificación marca el inicio del período de 30 días que el consultor tiene como plazo para completar el trabajo a realizar, que finaliza con la entrega del plan de implantación de TICs para la empresa. El plazo podrá ampliarse en un máximo de 30 días si existe acuerdo entre el consultor y la empresa, mediante notificación escrita a la Cámara de Gipuzkoa.
En ese período el consultor y la empresa deben celebrar como mínimo tres reuniones:
- Reunión 1. Objeto: detallar y encuadrar mejor el objetivo de implantación de TICs que ha definido la empresa, ligándolo al negocio de la misma, así como recabar la información sobre la situación de la empresa en cuanto a capacidades y necesidades de cara a la incorporación de TICs.
- Reunión 2. Objeto: el consultor presentará a la empresa su reflexión y conclusiones sobre su caso particular, y se establece un objetivo adecuado, acordando con la empresa si procede variaciones a realizar sobre el objetivo planteado inicialmente. Se perfilan los puntos en que incidirá el plan que va a elaborar el consultor.
- Reunión 3: entrega y presentación del plan de implantación de TICs.
6. Finalización y validación del trabajo desarrollado por el consultor
El trabajo del consultor se considerará finalizado cuando:
- El consultor cargue en el expediente, dentro de la aplicación Web para la gestión del programa, toda la documentación que en el programa que debe generarse.
- Se reciba de la empresa solicitante la aceptación (visto bueno explícito) del trabajo realizado por el consultor y el cuestionario de valoración del consultor debidamente cumplimentado.
- La Cámara de Gipuzkoa haya verificado la calidad del trabajo realizado, como último paso previo a la aceptación del mismo.
7. Incumplimientos
La finalización del trabajo rebasado el plazo límite (bien el inicial de 30 días, bien el ampliado de 60 días), dará lugar a una penalización en la tarifa a pagar al consultor.
La no finalización del trabajo en el plazo de 3 meses dará lugar a que el consultor no reciba importe alguno al no finalizar el trabajo.